AUTO CONSTITUCIONAL 0046/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0046/2010-RCA

Fecha: 17-May-2010

II.

Los recurrentes por sí y por sus representados, todos ahorristas de la Mutual del Pueblo, refieren que el recurrido ha atentado contra los derechos fundamentales invocados en la demanda, puesto que, al haber sido intervenida esa entidad, se dieron cuenta que fueron estafados, de sus ahorros aparentemente  se aprovecharon algunos empleados de la referida Mutual, contra quienes se inició acción penal, encontrándose dicho proceso en fase preparatoria de juicio oral y público en el Tribunal Quinto de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, proceso penal al que los hoy recurrentes se adhirieron en calidad de víctimas. Señalan que ante la solicitud de devolución de sus ahorros, el Intendente recurrido condicionó dicha devolución al resultado del proceso penal, seguido en contra de los ex funcionarios de dicha entidad financiera, alegando igualmente que los depósitos reclamados no podían ser devueltos porque no figuraban en los estados financieros de esa Mutualidad, a la fecha de intervención a la misma. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existen o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional motivados por el Tribunal de amparo.