AUTO CONSTITUCIONAL 0046/2010-RCA
Fecha: 17-May-2010
revisión
En revisión la Resolución 30/07 de 8 de septiembre de 2007, cursante a fs. 395 y vta. de obrados, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Juan Guibarra Parrado y Lucio Huari Iváñez, por sí y en representación legal de los ahorristas de la Asociación de Ahorro y Crédito para la Vivienda “Mutual del Pueblo” contra Luis Alberto Salinas Salmón, Intendente Interventor de la “Mutualidad del Pueblo”, por la supuesta vulneración de sus derechos y los de sus representados a la seguridad jurídica, a la petición y a la propiedad privada, señalando los arts. 7 incs. a), h) e i) y 22 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPE abrog).
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedencia in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.
- 1
- 2) Las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- II.3. Análisis del caso elevado en revisión
- la responsabilidad del imputado
- no es una instancia procesal o una vía judicial ordinaria de carácter contencioso, para establecer derechos o responsabilidades o definir derechos u obligaciones de las partes involucradas en una controversia, por ser una acción tutelar que protege derechos o garantías constitucionales indiscutidos, contra los actos ilegales u omisiones indebidas, cometidos tanto por funcionarios o particulares”
- APROBAR