AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2010-RCA

Fecha: 17-May-2010

rechazó

Por Resolución 47/07 de 5 de septiembre de 2007, cursante a fs. 27 de obrados, el Tribunal de amparo, rechazó el recurso, en aplicación del art. 98 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), argumentando que la parte recurrente no acreditó documentalmente que el Tribunal Cuarto de Sentencia no hubiere procedido a remitir al superior en grado la apelación incidental interpuesta, además que la apelante en caso de incumplimiento de deberes formales de funcionarios jurisdiccionales, tiene la facultad de acudir a la vía legal de la compulsa o a la disciplinaria para resguardar sus derechos, por lo que al no haberse agotado los recursos que prevé la ley, la presente acción se encuentra dentro de la previsión del art. 96 de la LTC, debido a su carácter subsidiario, que impide analizar el fondo del mismo.