AUTO CONSTITUCIONAL 0190/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0190/2010-CA

Fecha: 03-May-2010

II.4. Análisis del caso concreto

        En el caso que se analiza, consta que con la RA MEC 12/2008 de 3 de marzo hoy impugnada, fue notificado el recurrente el 7 de marzo de 2007 (fs. 1), mientras que el presente recurso directo de nulidad fue presentado el 8 de abril de 2008; es decir, 2 días calendario después, por lo que su presentación es extemporánea, fuera del plazo contemplado por el art. 81 de la LTC; consecuentemente el recurrente debe actuar con previsibilidad, teniendo una conducta diligente que implica que el agraviado debe impugnar o reclamar sus derechos de manera inmediata y dentro de plazo, dado que la jurisdicción constitucional, tutela derechos y garantiza la legalidad, pero su actuación es a instancia de parte y no de oficio.