Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0236/2010-CA
Fecha: 18-May-2010
RECHAZA
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4.I y II de la Ley 003; 31 inc. 1), 33.I inc. 1) y 82.III de la LTC, RECHAZA el recurso directo de nulidad interpuesto por Norma Beltrán Retamoso, demandando las “…revocatorias de la resolución del Amparo Constitucional y se mantenga FIRME Y SUBSISTENTE LA RESOLUCIÓN DE LA EXCELENTÍSIMA CORTE SUPREMA O AUTO NUMERO 364 QUE AÚN NO HA SIDO ANULADA” (sic).
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1.
- 1)
- II.3. Análisis del caso
- el recurso carece de fundamento jurídico-constitucional que dé mérito a una resolución sobre el fondo del asunto planteado
- pretender impugnar decisiones dentro de procesos judiciales o administrativos con el argumento de que han sido dictadas sin competencia, constituye un uso abusivo e indebido del recurso directo de nulidad
- RECHAZA