Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0237/2010-CA
Fecha: 18-May-2010
RECHAZA
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 de la Ley 003; 31 inc. 1) y 82.I de la LTC, RECHAZA el recurso directo de nulidad interpuesto por Marcelo Iván Fernández Burgoa, contra Jesús Gustavo Rojas Ugarte, Presidente del Consejo Universitario y Rector; y Héctor Sánchez Sánchez, Secretario General, ambos de la Universidad Técnica de Oruro, pidiendo la nulidad de la Resolución 12/08 de 17 de abril de 2008.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Procedencia del recurso directo de nulidad
- II.2.
- el fundamento debe basarse únicamente en la falta de jurisdicción y competencia de la autoridad recurrida respecto al acto o resolución cuya nulidad se demanda
- Fragmento 8
- II.3. Análisis del caso
- RECHAZA