Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0117/2010-R
Fecha: 10-May-2010
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Alega la vulneración de sus derechos a formular peticiones, a la seguridad jurídica, a la defensa, al debido proceso y presunción de inocencia, y presunción de inocencia, previstos en los arts. 6.II, 7 incs. a) y h) y 35 de la Constitución Política del Estado abrogado (CPEabrg) ahora arts. 13II, 21.2, 22, 24, 115.II, 116.I y 119.II, de la Constitución Política vigente (CPE); y art. 11 del Pacto de San José de Costa Rica.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de hábeas corpus
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- 1.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre los términos utilizados para designar a la persona que presenta acciones tutelares o de defensa
- acciones de defensa,
- accionante
- III.3. Sobre la protección al derecho a la libertad a través del hábeas corpus hoy acción de libertad, y el debido proceso
- III.4. El caso analizado
- APROBAR