Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0122/2010-R
Fecha: 10-May-2010
II.2
II.2 El 26 de julio de 2007 el Investigador asignado al caso informó a la Fiscal de Materia que, se intentó sin éxito citar en dos ocasiones a los ahora recurrentes, que por esa razón esas actuaciones fueron representadas por el Corregidor Territorial y el Sub prefecto de la provincia, solicitando en consecuencia se libre mandamientos de “apremio” contra ellos (fs. 20). En consideración a ese informe, la Fiscal de Materia dispuso se emitan mandamientos de aprehensión contra los recurrentes (fs. 20 vta.), que fueron librados el 27 del citado mes y año (fs. 21 a 22).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de hábeas corpus
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- 2)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2
- II.3
- Antonio Eddy Valdez Loayza
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- acciones de defensa,
- accionante
- a no ser
- en forma concurrente,
- III.3.2. Subsidiariedad excepcional del hábeas corpus, ahora acción de libertad y el control jurisdiccional de la etapa preparatoria
- III.4. El caso analizado
- POR TANTO