SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0147/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0147/2010-R

Fecha: 17-May-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente ahora accionante alega que el Juez Segundo de Instrucción en lo Civil  al no haber llamado a la audiencia conciliatoria dentro del proceso ejecutivo seguido en su contra vulneró sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y al debido proceso. El Juez Duodécimo de Partido en lo Civil y Comercial vulneró su derecho al debido proceso al no haber advertido que se le notificó con la radicatoria del recurso de apelación en el tablero y no en el domicilio señalado ocasionándole un estado de indefensión, al haber dictado el Auto de Vista sin fundamentación ni coherencia alguna con los puntos apelados. Consecuentemente, corresponde analizar si en el presente caso se debe otorgar o no la tutela solicitada.