SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0182/2010-R
Fecha: 24-May-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 4 de septiembre de 2006, cursante de fs. 70 a 77 vta. el recurrente, asevera que el 16 de marzo de 1999, Carlos Enrique Moncada Quintanilla inicia un proceso social por beneficios sociales contra el Gobierno Municipal de La Paz, indicando que ingreso a trabajar el 21 de marzo de 1994, en calidad de Asesor Técnico del Proyecto de Fortalecimiento Municipal; que el 1 de junio de 1994, antes de que concluya el primer contrato se firmó uno nuevo designándole como Gerente del Proyecto de Fortalecimiento Municipal, vigente al 31 de mayo de 1995.
Posteriormente, se suscribieron tres contratos sucesivos, hasta que por Resolución Municipal de 15 de septiembre de 1998, se designa como Gerente a María Isabel Carrasco Imaña, habiendo permanecido en el Proyecto cuatro años, cinco meses y veintiún días en forma ininterrumpida hasta el 15 de septiembre de 1998, sin recibir ninguna comunicación que le hagan conocer de la prescindencia de sus servicios; por lo que pide el pago de Beneficios Sociales en la suma de Bs152.156.- (ciento cincuenta y dos mil ciento cincuenta y seis bolivianos), por concepto de desahucio por retiro forzoso, indemnización por el tiempo de cuatro años, cinco meses y veintiún días y pago por vacaciones de dos años, cinco meses y veintiún días.
Citado con la demanda el Gobierno Municipal de La Paz, responde negativamente indicando que el actor prestó servicios en el Proyecto de Fortalecimiento Municipal como consultor a partir del 24 de marzo de 1994 y 30 de junio de 1996, contratos que son de naturaleza civil y en relación a los términos del mismo remitirse a la legislación civil y al tratarse de una relación civil no puede existir una relación obrero patronal generadora de pago de beneficios sociales, haciéndose conocer que el retiro del recurrente se produjo por incumplimiento de su contrato a plazo fijo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- ,
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. El principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.4. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- APROBAR