SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0184/2010-R
Fecha: 24-May-2010
III.4.1.
El Juez de la causa al ordenar el pago del remanente de la subasta ignorando la anotación preventiva registrada el 4 de octubre de 2003, a favor de Maximiliana Vásquez Blanco, desconoció la previsión del art. 36 parágrafo III de la LAPCAF, “Si se tratare de transferencia el tercero adquirente podrá convalidarla pagando al ejecutante la obligación perseguida y los gastos del proceso si se tratare de gravámenes, estos subsistirán sobre el remanente que quedare del precio de la enajenación luego de cubierta la obligación y de los gastos del proceso”. La indebida decisión del juez recurrido compromete el principio de legalidad y el derecho al debido proceso. Al respecto el Tribunal Constitucional sostiene “…es imprescindible puntualizar, que el debido proceso, consagrado como garantía constitucional por el artículo 16 de la CPE, y como derecho humano en el artículo 8 del Pacto de San José de Costa Rica y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, está entendido por el Tribunal Constitucional, en su uniforme jurisprudencia, como “… el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar”. (SC 0418/2000-R, de 2 de mayo) “comprende el conjunto de los requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos” (SC 1276/2001-R. de 5 de diciembre)”.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- i)
- improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4. Marco normativo sobre la subasta de inmuebles
- ha conseguido la finalidad de hacer conocer a esta última la existencia de los señalamientos de remate.
- III.4.1.
- III.4.2. Análisis del caso
- APROBAR