Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0188/2010-R
Fecha: 24-May-2010
I.2.3. Intervención del tercero interesado
Consta en el expediente el apersonamiento presentado por el tercero interesado Guillermo Huerta Urioste, el mismo que hace presente y pide que se tome en cuenta que Calixto Estrada Medrano utilizaba dos firmas y que tenia tres identidades conforme los testimonios de ventas realizadas e inscritas en Derechos Reales (DD.RR.); en consecuencia, el informe pericial no es suficiente, además que su demanda esta mal encaminada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.3.2. Sobre el control de la labor interpretativa y el carácter tutelar
- REVOCAR