Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0188/2010-R
Fecha: 24-May-2010
II.1.
II.1. Con el resultado del dictamen técnico pericial de documentologia, emitido por el Instituto de Investigaciones Forenses se establece que, las firmas y rúbricas estampadas en los protocolos de la escritura pública 893/2002, con referencia a la supuesta transferencia efectuada por Calixto Estrada Medrano de un lote de terreno en favor de Javier Huerta Salanova, no presentan correspondencia, razón por la cual la recurrente inicia demanda de nulidad de dicho documento (fs. 5 a 7).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.3.2. Sobre el control de la labor interpretativa y el carácter tutelar
- REVOCAR