Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0221/2010-R
Fecha: 31-May-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010 denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve APROBAR la Resolución 61 de 12 de octubre de 2006, cursante de fs. 78 vta., a 79, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz y en consecuencia corresponde DENEGAR la tutela solicitada.
- amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- 2.-
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Sobre la legitimación pasiva
- III.4. La subsidiariedad del amparo constitucional
- III.5. Caso analizado
- APROBAR