Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0239/2010-R
Fecha: 31-May-2010
Ley General de Sociedades Cooperativas
La Ley General de Sociedades Cooperativas, dispone lo siguiente, en su art. 68, refiriéndose a la pérdida de la calidad de socio, señala como causales: "a) Renuncia; b) Exclusión; c) Incapacidad total permanente para cumplir con las obligaciones sociales y económicas; d) Muerte". Por su parte el art. 70, de manera taxativa establece que "La exclusión de un socio no podrá acordarse sino en Asamblea General, por las dos terceras partes de los socios. La ley reglamentaria determinará taxativamente, las causas de exclusión".
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- procedente
- a)
- 1)
- i)
- concediendo
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- se agotaron todas las vías correspondientes
- SC 0096/2010-R
- un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional
- En cuanto al derecho al trabajo
- Juez natural
- el derecho al Juez Natural
- SC 99/2010-R
- el derecho a la defensa
- derecho a la presunción de inocencia
- Aplicabilidad extensiva a los procesos disciplinarios en instancias o instituciones privadas
- Ley General de Sociedades Cooperativas
- Estatuto Orgánico de la Cooperativa Minera "La Salvadora" Ltda.
- el Dinero por los 2 Lotes de Mineral
- no consta la conformación del Tribunal sumario, ni la participación de la accionante a quien no se le hizo conocer previamente que sería sometida a sumario o proceso disciplinario, a objeto de que sea escuchada y asuma defensa
- de manera directa y arbitraria se determinó su retiro indefinido