SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0241/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0241/2010-R

Fecha: 31-May-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, denuncia que habiéndosele concedido la cesación de la detención preventiva bajo una serie de condiciones establecidas en el art. 240 del CPP -entre ellas la fianza personal-, estas se fueron cumpliendo paulatinamente y también cumplió con la presentación de dos garantes personales, por lo que no correspondía que a éstos se les efectúen mayores exigencias que las previstas en ese cuerpo normativo -tales como tener un ingreso fijo o acreditar la propiedad de un inmueble-, por lo que el Presidente del Tribunal Quinto de Sentencia recurrido, ahora accionante, al haberse negado a firmar el mandamiento de libertad ha demorado la materialización de ese beneficio y vulnerado con ello su derecho a la libertad reconocido por el art. 6.II de la CPEabrg. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal, las normas constitucionales y legales aplicables, se debe o no otorgar la tutela solicitada.