AUTO CONSTITUCIONAL 0084/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0084/2010-RCA

Fecha: 15-Jun-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente refiere que la SC 0416/2006 no ha surtido ningún efecto legal, toda vez que la Jueza recurrida se niega a dar cumplimiento a la misma, manifestando que la Sala Penal Tercera de la Corte Superior, declaró admisible el recurso incidental, revocando la decisión que determinó la extinción de la etapa preparatoria planteada por la imputada Miriam Rosa Villagomez Michel, Auto contra el cual se interpuso recurso de apelación incidental, que fue resuelto por los Vocales de la Sala Penal Primera cuyos miembros -ahora recurridos- consideraron que la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal, al declararse sin competencia para dejar sin efecto el Auto de Vista que corresponde al superior en grado, procedió correctamente, señalando asimismo, que al constituirse en Tribunal de apelación incidental, tampoco tienen potestad ni competencia para revocar de hecho o desconocer un Auto de Vista pronunciado por una Sala de la Corte Superior, declarando admisible la apelación e improcedentes las cuestiones planteadas. En consecuencia, corresponde determinar en revisión si el Tribunal de garantías obró correctamente al rechazar el recurso.