AUTO CONSTITUCIONAL 0291/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0291/2010-CA

Fecha: 08-Jun-2010

una decisión en el fondo

Consecuentemente, la jurisprudencia glosada es aplicable al caso de autos, dado que Claudia Mallón Vargas, Diputada Nacional Suplente, al no haber acreditado ser la persona directamente agraviada con la mencionada Resolución 124 de 31 de julio de 2008 y con las actuaciones posteriores producidas como consecuencia de ella, no se encuentra legitimada para interponer el presente recurso directo de nulidad, incumpliendo con el requisito esencial de admisión previsto por el párrafo primero del art. 80 de la LTC, lo que impide adoptar una decisión en el fondo sobre la problemática planteada, correspondiendo su rechazo por adecuarse a la previsión contenida en los arts. 82.III concordante con el 31 inc. 1), ambos de la LTC.