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    AUTO CONSTITUCIONAL 0365/2010-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0365/2010-CA

    Fecha: 22-Jun-2010

    II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado

    En ese sentido, el art. 6 de Ley 003 ha establecido que las competencias y atribuciones del Tribunal Constitucional, dentro del nuevo orden constitucional se deben regir por la Ley Fundamental y las leyes respectivas, hasta que entren en vigencia las leyes a las que hace referencia la Disposición Transitoria Segunda de la Ley Fundamental. Entre tanto, en el análisis del caso se aplicará la Ley 1836, del Tribunal Constitucional.

    • revisión
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • a)
    • rechazaron
    • I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II.1. Norma jurídica impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
    • Fragmento 7
    • II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
    • Constitución Política del Estado que se encuentre vigente
    • Fragmento 10
    • II.5. Análisis del caso concreto
    • APROBAR,

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