Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0269/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El , ahora accionante, manifiesta que las autoridades demandadas al declarar con lugar al recurso de apelación incidental contra el Auto dictado por la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Tarija y disponer que la investigación continué en la ciudad de Yacuiba, vulneraron los derechos de la entidad a la que representa a la "seguridad jurídica", al juez natural y la garantía al debido proceso. En consecuencia, corresponde en revisión considerar, si tales extremos son ciertos y si ameritan o no la protección que brinda la presente acción tutelar.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Sobre la seguridad jurídica, el debido proceso y el derecho al juez natural
- III.4.
- seguridad jurídica