SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0302/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El recurrente en el memorial presentado el 26 de diciembre de 2007, cursante de fs. 3 a 5 vta., manifiesta que el 15 de abril de 2007 fue imputado por la supuesta comisión del delito de robo; llevado ante la Jueza cautelar, ésta mediante Resolución 158/07 el 16 del citado mes y año, dispuso su detención preventiva, que se prolonga por más de ocho meses sin que se haya demostrado su culpabilidad.
Señala que por proveído de 17 de octubre de 2007, la Jueza cautelar recurrida conminó a la Fiscal de Distrito para que presente requerimiento conclusivo, y pese a su legal notificación, no existe pronunciamiento alguno, por lo que antes de declarar la extinción de la acción penal, ordenó se notifique a la víctima para que ésta presente acusación particular, dicha diligencia fue realizada el 6 de noviembre de 2007, no obstante no se manifestó al respecto, habiendo transcurrido los seis meses de la etapa preparatoria; empero, el 7 del mismo mes y año, luego de más de diez días de notificada la conminatoria, el Fiscal presentó acusación ante la Jueza de la causa, radicada en el Juzgado Tercero de Sentencia, donde se amplia la acusación contra otro imputado, sin embargo, el mismo Ministerio Público la retira el 6 de diciembre de 2007, por falta de elementos de convicción para el juicio y por abandono del proceso por la víctima.
Explica que por haberse sorteado el caso el 7 de noviembre de 2007 al Tribunal Tercero de Sentencia, solicitó extinción de la acción penal en la etapa preparatoria, pero dicho Tribunal por sus recargadas labores hasta la fecha no se pronunció al respecto, ni se ha “instalado el auto de apertura de juicio oral”; por lo que habiendo transcurrido el plazo previsto en el art. 134 del Código de Procedimiento Penal (CPP), los derechos del Ministerio Público como de la víctima prescribieron respecto a su persona, no existiendo materia justiciable para continuar la persecución penal, encontrándose ilegalmente detenido desde el 29 de octubre de 2007.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones previas: en cuanto a la aplicación de la Constitución Política del Estado y el uso de la terminología adecuada en la acción de libertad
- directamente vinculado al derecho a la libertad personal y de locomoción
- SC 0008/2010-R
- sin ninguna vinculación inmediata ni directa con el derecho a la libertad del accionante
- APROBAR