SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0311/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0311/2010-R

Fecha: 15-Jun-2010

a)

El abogado Víctor Hugo Vargas Antezana, acompañando poder especial y suficiente otorgado por Percy Raúl Mier Rivas en su calidad de Gerente Regional del Banco Económico S.A., informó lo siguiente: a) Hace más de un año y medio descubrió fraude informático dentro de las instalaciones del Banco, cuando el recurrente desempeñaba funciones de Dirección en la cartera de tarjetas de crédito, el hecho se investigó y como consecuencia de ello se inició la denuncia penal ante el Ministerio Público; b) De conformidad al ordenamiento jurídico que rige a los Bancos, cualquier requerimiento de esa naturaleza se realiza a través de la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, si bien esa entidad autorizó lo impetrado por el recurrente, ha señalado que se debe volver a notificar mediante orden instruída al Banco Económico S.A., aspecto que no sucedió, aclarándose que las anteriores notificaciones quedaron sin valor y por lo tanto nulas; c) El Juez de la causa, en la audiencia celebrada el 6 de noviembre de 2006, solicitó que la defensa determine puntualmente qué documentos más requiere y ordenó se oficie a la Superintendencia de Bancos, a objeto de que autorice al Banco Económico S.A. la entrega de dicha documentación y permita el ingreso de un perito; y, d) El Juez de la causa, suspendió la audiencia de juicio oral para el mes de marzo, cumpliéndose la pretensión principal del recurrente; solicitando se declare improcedente por el principio de subsidiariedad.