Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0311/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte recurrente solicita la tutela de sus derechos y garantías constitucionales como la "seguridad jurídica", a la defensa y al debido proceso, previstos por los arts. 7 inc. a) y 16.1I y IV de la CPEabrg, ahora arts. 117.I, 119.II y 178.I de la Constitución Política del Estado vigente (CPE), porque el personero legal del Banco Económico S.A. no permitió el acceso a la fuente informática y a la documentación que requieren para asumir su defensa en el proceso penal.
- amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. El principio de subsidiariedad del amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR