Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0326/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
1)
La recurrida en su intervención indicó: 1) Es evidente que el recurrente solicitó un trámite de homonimia, que significa consulta de nombre, el que dio como resultado la existencia de dos librerías “Latinas” una “Latina S.R.L.”, con domicilio legal en la ciudad de Oruro y otra “Librería Latina” con domicilio en Cochabamba, haciéndose entrega de estos resultados a la secretaria; 2) De su parte ha intentado en varias ocasiones ayudar, dando posibilidades para proceder con la baja a la empresa; y, 3) Al no existir ninguna solicitud de inscripción no ha existió ningún rechazo de su parte, por lo que no ha cometido acto ilegal alguno.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Derecho al trabajo y a ejercer el comercio
- mantenerlo, claro está, de conformidad a las circunstancias y exigencias del mismo y según el orden normativo que lo regula
- para vivir bien y el bienestar de la colectividad
- En cuanto al derecho de petición
- SC 0195/2010-R
- Fragmento 16
- APROBAR