Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0326/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 010/2006 de 27 de octubre, cursante de fs. 36 a 39 vta., pronunciada por la Sala Civil y Comercial Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Julio César Iván Canelas Arduz contra Cruzcay Magaly Pérez Gómez, “Jefa de la Oficina Sede Oruro” de la Fundación para el Desarrollo Empresarial (FUNDEMPRESA), alegando la vulneración de sus derechos al trabajo y a dedicarse al comercio, a la industria y a la petición, citando al efecto el art. 7 incs. d) y h) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Derecho al trabajo y a ejercer el comercio
- mantenerlo, claro está, de conformidad a las circunstancias y exigencias del mismo y según el orden normativo que lo regula
- para vivir bien y el bienestar de la colectividad
- En cuanto al derecho de petición
- SC 0195/2010-R
- Fragmento 16
- APROBAR