Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0326/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
II.1.
II.1. En la carta de 4 de septiembre de 2006, Julio César Iván Canelas Arduz (recurrente), solicitó a la “Jefa de la Oficina Sede Oruro” de FUNDEMPRESA, “le facilite una vía” para poder inscribir su empresa “Latina Editores Ltda.”, al indicado Registro, lo que según se le habría informado anteriormente en forma verbal, no era posible por existir otra empresa con similar razón social denominada “Librerías Latinas S.R.L.”, aclarando que esta última anteriormente era propiedad de su padre y su persona y que fue dada de baja por disolución ante la Dirección de Impuestos Internos el 16 de junio de 1997 (fs. 4 a 5).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Derecho al trabajo y a ejercer el comercio
- mantenerlo, claro está, de conformidad a las circunstancias y exigencias del mismo y según el orden normativo que lo regula
- para vivir bien y el bienestar de la colectividad
- En cuanto al derecho de petición
- SC 0195/2010-R
- Fragmento 16
- APROBAR