Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0328/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución de 28 de octubre de 2006, cursante a fs. 106 a 107 vta., pronunciada por la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando; y, en consecuencia y sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- si lo es en su sentido teleológico
- concedió la tutela disponiendo la nulidad del acto de designación de consejero departamental de 28 de abril de 2006, con responsabilidad civil
- APROBAR