SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0328/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
recurso
En revisión la Resolución de 28 de octubre de 2006, cursante a fs. 106 a 107 vta., pronunciada por la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Adaildo Nacimento André, Eriberto Lucindo Nacimento, Carlos Idagua Marupa, Ronald Muzuco Rodríguez, Fride Novoa Rodríguez y Efraín Ramírez Aparicio, Concejales del municipio de Puerto Rico contra Jalbert Campos Tuno, Isabel Chipunavi Serato y Beatriz Tuno Camaconi, Concejales del municipio de Puerto Rico; Gabino Achipa Yona, Héctor Bravo Parejas y Pedro Guari Cartagena, Concejales del municipio de San Pedro; Wilson Guerra Vargas, Juan Carlos Zabala y Rosa Albina Aradiez Grande, Concejales del municipio de Filadelfia, todos del departamento de Pando alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y 16.II de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- si lo es en su sentido teleológico
- concedió la tutela disponiendo la nulidad del acto de designación de consejero departamental de 28 de abril de 2006, con responsabilidad civil
- APROBAR