Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0329/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
De acuerdo a los antecedentes, el recurso de hábeas corpus fue presentado contra Adhemar Fernández Ripalda, Edgar Molina Aponte y Samuel Saucedo Iriarte, Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, solicitando la nulidad del Auto de Vista de 388 de 13 de diciembre del 2007, que revocó la concesión de la cesación de detención preventiva del imputado, debiendo señalarse nueva audiencia de medidas cautelares, para que los recurridos resuelvan el recurso de apelación incidental presentado por el Ministerio Público.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 2.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- Fragmento 15
- III.3. El alcance del art. 398 del CPP y su limitación
- Fragmento 17
- III.4. El caso analizado
- APROBAR