SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0341/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0341/2010-R

Fecha: 15-Jun-2010

1)

El abogado del recurrente, ratifica inextenso el tenor de la demanda y lo amplía señalando: 1) Los Jueces y Tribunales están en la obligación de fundamentar sus autos y resoluciones, máxime si se trata de la libertad de una persona y no como en el presente caso, que la Sala Penal Segunda se ha limitado a enunciar el tipo penal, el mismo que constituye una ilegalidad que viola los derechos a la libertad, al debido proceso y el derecho a que se respeten las garantías dentro de un proceso penal; y, 2) El Tribunal recurrido establece el peligro de obstaculización como un hecho emergente de no haberse demostrado el domicilio de su cliente, pero cuando se demuestra este requisito, la Sala Penal Segunda eleva el nivel de subjetivo lo objetiviza el peligro de obstaculización dejándolo vigente para negarle la libertad al imputado, solicitando se declare procedente el recurso.