Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0341/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
II.2.
II.2. El recurrente Pablo Gudiño Valdez, reiteró la petición de la cesación de su detención preventiva, adjuntando el certificado domiciliario y de habitualidad, siendo rechazada el 5 de diciembre de 2007, en atención al planteamiento del Ministerio Público respecto a la ilegalidad en la obtención de dicho documento, resolución confirmada en apelación, mediante Auto de Vista 06 de 4 de enero de 2008, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, que determinó la subsistencia del peligro de obstaculización (fs. 8 a 12).
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Fundamentación de las resoluciones sobre medidas cautelares
- .
- Riesgo de Obstaculización
- III.4. El caso en examen
- III.5.Empleo de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- APROBAR