SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0341/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0341/2010-R

Fecha: 15-Jun-2010

Riesgo de Obstaculización

Como ha establecido la jurisprudencia constitucional, para determinar la existencia del riesgo de fuga, el juzgador debe  realizar una valoración objetiva de los elementos presentados, es decir que: ”…deberá evaluar en forma objetiva si existen suficientes elementos de convicción que determinen la concurrencia de esos supuestos, a cuyo efecto deben ser valorados conforme a la conducta o comportamiento que advierta el juez respecto del imputado durante la investigación del hecho o el proceso mismo; vale decir, que podrá tomarse en cuenta como elementos o indicios de obstaculización a la averiguación de la verdad todas las actuaciones y comportamientos del imputado ocurridos en los actos iniciales de la investigación, los que forman parte de la etapa preparatoria o durante el proceso mismo y en los que la conducta del imputado puede subsumirse a lo previsto en los arts. 233 inc. 2) con relación al 235 del CPP” ( SC 1147/2006-R de 16 de noviembre).