SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0418/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
1)
La Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, Margot Pérez Montaño, señaló que: 1) Existen dos casos diferentes que fueron acumulados, el primero que se llevaba ante el Juzgado Sexto de Instrucción en lo Penal el 2005, que fue signado con el 034/05 y por Resolución de medidas cautelares 204/2005, se decidió la detención preventiva del hoy recurrente. El segundo caso corresponde al Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal, con el número 991/04, en la que el Juez suplente, Williams Dávila, el 8 de septiembre de ese año, por Resolución 122/2005, decidió otorgar libertad al imputado en la etapa preparatoria; 2) Posteriormente, se solicitó la acumulación del caso del Juzgado Sexto del Distrito Judicial de La Paz, al Juzgado Cuarto, sin que se haya establecido que en el caso 034/05, se haya operado la extinción, sino su acumulación con detenido; 3) El caso se acumuló porque se trata del mismo bien, el recurrente, primero estuvo en calidad de inquilino, dando ese bien a una pareja en calidad de anticresis cuando este no era el propietario de ese departamento, se acusó por los dos procesos, en ningún caso son dos acusaciones, ya que las víctimas fueron los propietarios del inmueble y los que recibieron la anticresis del recurrente, por lo que no se trata de dos acusaciones sino de una sola acusación; y 4) Afirma que, se mantiene la detención preventiva ordenada por el Juez Alvaro Melgarejo debido a que en ningún momento solicitó la cesación de la detención preventiva.
1) Existen dos procesos penales; el primero es seguido por el Ministerio Público contra el ahora recurrente por la supuesta comisión del delito de estafa y estelionato, dentro de este proceso mediante Resolución de 29 de noviembre de 2006, el Tribunal Quinto de Sentencia en la parte resolutiva concedió a favor del recurrente la cesación de la detención preventiva y ordenó la aplicación de medidas sustitutivas. El segundo proceso igualmente seguido por el Ministerio Público y por los acusadores particulares Ernesto León y Sandra Mier, por la supuesta comisión del delito de estafa, dentro del cual está pendiente la constitución del tribunal.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- 1.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3. Sobre el procesamiento indebido dentro de la acción de libertad
- medios eficaces y oportunos
- efectivos y oportunos de defensa
- a pesar de existir mecanismos de protección específicos y establecidos por la ley procesal vigente, éstos resulten ser evidentemente inoportunos o inconducentes
- se entenderá que la vía procesal existente no es idónea, cuando se pruebe que una vez activados estos mecanismos procesales, su resolución y efectiva protección serán dilatadas,
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR