Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0418/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
II.4.
II.4. El 4 de octubre de 2005, el Juzgado Quinto de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, en suplencia legal del Juzgado Cuarto de Instrucción del mismo Distrito Judicial, dentro del proceso seguido por el Ministerio Público y Patricia Rivera Sempertegui contra Edgar Alfonso Solís Sotelo, por el delito de estafa y estelionato, mediante Resolución 141/2005, dispuso la acumulación del caso tramitado en el Juzgado Sexto de Instrucción en lo Penal (caso 034/05) al del Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal (caso 991/04) (fs. 16 y vta.).
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- 1.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3. Sobre el procesamiento indebido dentro de la acción de libertad
- medios eficaces y oportunos
- efectivos y oportunos de defensa
- a pesar de existir mecanismos de protección específicos y establecidos por la ley procesal vigente, éstos resulten ser evidentemente inoportunos o inconducentes
- se entenderá que la vía procesal existente no es idónea, cuando se pruebe que una vez activados estos mecanismos procesales, su resolución y efectiva protección serán dilatadas,
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR