SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0418/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0418/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

a)

El Juez Sexto de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, correcurrido señaló que: a) El recurrente está siendo juzgado por casos diferentes, el primero comenzó el 2004, con el número 13755, a denuncia de Ana Pacolla Flores y Jaime Apaza Aduviri, que por las investigaciones realizadas por el Fiscal, se determinó como fundamento de la detención que el imputado solicitó dinero a ambos denunciantes en diferentes montos por entregar un departamento, primero $us6000.- (seis dólares estadounidenses), y luego $us1000.- (mil dólares estadunidenses); b) La Jueza suplente, Betty Yañiquez, determinó, el 18 de diciembre de 2004, que se le aplicarán al ahora recurrente medidas sustitutivas a la detención, entre ellas el arraigo del imputado, la prohibición de acercarse a las víctimas para amedrentar o intimidar, y si existiese alguna conciliación, se la hiciese mediante sus abogados para que se firmara un acuerdo transaccional; c) Al restituirse en sus funciones, el 27 de diciembre de 2004, mediante Resolución 398/04, determinó la revocatoria de su libertad y la detención del recurrente debido a que no cumplió con las medidas sustitutivas impuestas y es en ese proceso que se ha determinado  acusación el 27 de julio de 2005; y d) Proceso que fue acumulado al caso del Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal, por Resolución 141/2005, por el Juez suplente, Williams Dávila.