SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0442/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
II.7.
II.7. Consta el recurso de apelación presentado el 28 de julio de 2007, contra la Resolución 52/2007 de 19 de julio, en el que se adjunta el pase profesional de Adolfo Castro Arveras, que cursa a fs. 14; recurso de apelación, en el que se alega el incumplimiento de Rolando H. Kempff Bacigalupo al acuerdo transaccional en la entrega de los dos lotes de terreno; la falta de poder de Eduardo Parra al retirar el desistimiento; la indefensión que se le causó a la recurrente con la notificación errónea del retiro de desistimiento; y la falta de fundamentación de la Resolución apelada, pidiendo se revoque la misma por existir vicios procedimentales (fs. 12 a 13 vta.). El recurso, fue concedido en el efecto devolutivo el 30 del mismo mes y año (fs. 57).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que lo motivan
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- 1)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. Sobre la subsidiariedad excepcional del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad: modulación de la SC 0160/2005-R de 23 de febrero
- III.5. Análisis del caso concreto
- improcedente
- APROBAR