AUTO CONSTITUCIONAL 0117/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0117/2010-RCA

Fecha: 05-Jul-2010

fijar con precisión

Concluyendo que, no cumple con el requisito de fondo y por ende insubsanable, previsto por el art. 97.VI de la LTC, que señala que la demanda: "debe fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o las garantía, vulnerados o amenazados". Toda vez que el petitorio de la demanda es ambiguo y confuso, incumpliendo el requisito relativo a "fijar con precisión el amparo que se solicita" y si bien se hace un detalle de medidas cautelares y se cita el art. 99 de la LTC, los mismos no hacen al fondo del amparo por su provisionalidad.