AUTO CONSTITUCIONAL 0131/2010-RCA
Fecha: 21-Jul-2010
revisión
En revisión la Resolución 013/2008 de 4 de marzo5 recurso por in lo es improcedente por los argumentos expuestos precedentemente., cursante de fs. 252 a 254, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Eduardo Julio Escobari Durán y Marcela Perales Arteaga contra Juan Fernando Del Granado Cosio, Alcalde Municipal de La Paz, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la propiedad privada y a la garantía del debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. a) e i) y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- revisión
- I.1. Síntesis del recurso
- a)
- I.4. Petitorio
- improcedencia in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- Fragmento 9
- de ocurrido el acto ilegal u omisión indebida o de agotados los medios y recursos judiciales ordinarios o administrativos idóneos para hacer cesar el acto,
- Fragmento 11
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- 1 de agosto de 2007
- APROBAR