Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0136/2010-RCA
Fecha: 21-Jul-2010
II.3. Análisis de la Resolución enviada en revisión
En el presente caso, de la revisión de los antecedentes, se evidencia que, el Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Nacional el 21 de mayo de 2007 emitió la Resolución 127/2007, sancionando al accionante con un año de pérdida de antigüedad; posteriormente, el mencionado Tribunal emitió el Auto de complementación de 27 de junio de 2007 (fs. 29), sin dar lugar a la solicitud de enmienda y explicación impetrada por el recurrente, quien fue notificado con dicha Resolución el 28 de junio de 2007 (fs. 31), agotándose de esta forma, las vías de impugnación permitidas por el Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Autoridades recurridas
- I.4. Petitorio
- improcedente in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- inmediatez
- en el plazo máximo de seis meses
- De manera específica, en lo atinente al principio de inmediatez como causal de improcedencia in limine de la acción de amparo constitucional
- II.3. Análisis de la Resolución enviada en revisión
- 28 de junio de 2007
- idóneos
- APROBAR