Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0139/2010-RCA
Fecha: 27-Jul-2010
APROBAR,
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003; 7 inc. 8) de la LTC, en revisión resuelve APROBAR, la Resolución 21/08 de 24 de marzo de 2008 5 recurso por in lo es improcedente por los argumentos expuestos precedentemente., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, con el aditamento que la IMPROCEDENCIA es IN LÍMINE.