AUTO CONSTITUCIONAL 0445/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0445/2010-CA

Fecha: 12-Jul-2010

debe existir un proceso judicial o administrativo instaurado dentro del que se pueda promover la acción

En consecuencia, los preceptos legales precedentemente citados, se refieren a dos aspectos que necesariamente deben ser considerados para formular el incidente de inconstitucionalidad: el primero exige que debe existir un proceso judicial o administrativo instaurado dentro del que se pueda promover la acción; a su vez, el segundo aspecto se relaciona con el hecho de que la ley, decreto o resolución de cuya constitucionalidad se duda, tenga que ser aplicada a la decisión final del proceso, pues al tratarse, precisamente, de un recurso que se plantea dentro de un proceso, lo que se busca es que en la resolución del mismo no se aplique una norma inconstitucional.