4.
4. Por consiguiente, se puede establecer que este Tribunal, si puede entrar a valorar aspectos que atañen al fondo del proceso, los mismos que al no ser adecuadamente evaluados por los tribunales o jueces, producen lesiones a los derechos o garantías de los accionantes, aspecto que debería señalarse a fin de no causar confusiones jurisprudenciales o doctrinales.
