Sentencia: 0343/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0343/2010-R

Fecha: 09-Jul-2010

6.

6.      De la misma forma, los accionantes, en representación legal de sus poderconferentes, arguyen que se notificó a la codemandada Dionisia Camacho Vda. de García, con la providencia de 24 de febrero de 2006, sin haber sido previamente citada con la demanda, ni providencia, ni auto de admisión, estableciéndose otra causal de nulidad de conformidad con el art. 90 de CPC, expresando del mismo modo los accionantes, que existe “fraude procesal”, en consideración a que el 23 de febrero de 2006, los demandantes, dentro del proceso ordinario, piden la ampliación de la demanda en contra de sus mandantes, manifestando de manera contradictora los primeros, que los segundos se encuentran asentados en sus terrenos, y de forma contradictoria, afirman e incluso prestan juramento de desconocimiento de domicilio, acto que vulnera el debido proceso y el art. 252 del CPC.