Sentencia: 0442/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0442/2010-R

Fecha: 27-Jul-2010

2.

2.  El tiempo trascurrido entre la presentación del recurso de apelación incidental por parte de la recurrente y  su efectiva remisión ante el superior en grado (casi tres meses), que se presume fue realizada luego de que la representada de la recurrente proveyera los recaudaos de ley, y si bien podría sostenerse que el no otorgar los recaudos de ley es una negligencia atribuible a la accionante; empero, de acuerdo a la SSCC 619/2007-R, 1234/2006-R, entre otras, el juez no puede eludir el deber de cumplir con el plazo procesal previsto en el art. 251 del CPP por la falta de provisión de recaudos.