Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0459/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
En suplencia de la recurrida, el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de La Paz, señaló que se hizo cargo del Juzgado Sexto de Partido en lo Civil y Comercial, desde el 5 de enero de 2007, por lo que solicitó que el Tribunal de amparo pronuncie resolución en estricto apego a la ley.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- Fragmento 19
- III.3. Marco legal y doctrinal
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR