Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0471/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
II.2.
II.2. Mediante certificado de permanencia y conducta de 9 de enero de 2008, emitido por Gonzalo Duarte Villarreal, en su calidad de Encargado de Archivo y Kardex de la Dirección Departamental del Régimen Penitenciario de La Paz, se acredita que el recurrente, reingresó al Recinto Penitenciario por segunda vez con mandamiento de detención preventiva, dentro del proceso seguido por el Ministerio Público a querella de Jaime Apaza Aduviri, por el delito de estafa y estelionato; y su permanencia en dicho Recinto, es de tres años y trece días (fs. 12 y vta.).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- "accionante"
- ordenar la tutela
- III.3.1. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad
- Fragmento 15
- III.4. Caso analizado
- III.4.1.
- III.4.2.
- APROBAR