SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0471/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0471/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, solicita la tutela de sus derechos a la equidad, a la libertad, a la "seguridad jurídica", a la presunción de inocencia y de la garantía al debido proceso, alegando que se encuentra detenido preventivamente desde el 27 de diciembre de 2004 hasta el 27 de diciembre de 2007, por lo que ya se hubiesen cumplido los tres años de duración máxima del proceso, establecido en el art. 133 del CPP, correspondiendo su extinción, archivo de obrados y su libertad inmediata, siendo responsable de esta situación, únicamente el Ministerio Público, porque no se presentó en la mayoría de las audiencias programadas por el Tribunal Quinto de Sentencia, además, dicho Tribunal, hubiese perdido competencia, al haberse vencido el plazo de los tres años de duración máxima del proceso; agrega que, el 23 de enero de 2008, presentó la solicitud de la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso y la solicitud de libertad inmediata, pero no fue resuelta y tampoco de oficio hasta la presente fecha; afirma también que los recibos de carácter privado, no tienen el valor de un documento o contrato público, mucho menos, ninguna validez para haber iniciado en su contra una acción penal.