SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0473/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
a)
El abogado del recurrente, en audiencia, sin ratificar expresamente su recurso indicó lo siguiente: a) Que en los antecedentes procesales cursa un mandamiento de libertad expedido por el Juez Primero de Ejecución Penal al amparo de haber solicitado incidente de libertad condicional por haber cumplido las dos terceras partes de la pena; b) Que se apersonó al Centro de Rehabilitación con la cédula de identidad de su defendido y el informe del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP), donde sólo se registra el proceso por el cual obtuvo libertad provisional y por tanto entiende, no existe otro proceso penal en su contra y menos una sentencia condenatoria ejecutoriada; c) Que el recurrido se niega a ejecutar el mandamiento de libertad que expidió el Juez Primero de Ejecución Penal, bajo el argumento de que tiene otros procesos penales; y, d) Solicita que el Director del Centro de Rehabilitación exhiba en audiencia los respectivos mandamientos de detención preventiva y por los cuales su defendido se encuentra detenido.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- 1)
- 2)
- 3)
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- recurso de
- III.3. Prolongación indebida de la detención, no obstante estar ordenada la libertad por autoridad competente y existir el mandamiento correspondiente
- mandamiento de libertad
- Fragmento 18
- condenado a cinco años
- condenado a diez años
- improcedente
- APROBAR