Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0496/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
concedió
Por Resolución 003/2007 de 10 de enero, cursante de fs. 160 a 162, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, concedió el recurso de amparo constitucional, con los siguientes fundamentos: 1) Que, el Juez recurrido ha decretado el 6 de enero de 2007, se pasen obrados a despacho para resolver la excepción planteada, pero a la fecha de la audiencia de amparo no se había resuelto la misma; y, 2) El Juez ha incumplido con los deberes establecidos en los arts. 2, 3 y 203 del Código de Procedimiento Civil (CPC) al no dictar el respectivo auto dentro del plazo establecido por ley.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. El caso de autos
- Fragmento 18
- estando pendiente la resolución del recurso de casación en el fondo interpuesto en fecha 22 de mayo de 2006
- concedido
- REVOCAR