Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0553/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 del 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público); 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve REVOCAR la Resolución 02/2007 de 12 de enero, cursante de fs. 36 a 37, pronunciada por la Sala Penal Tercera la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada, con la aclaración que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- concedió
- c)
- d)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Respecto a la admisión del recurso por el Tribunal de garantías
- a)
- REVOCAR